Baja por Defunción

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Esta prestación es un derecho que tiene el trabajador cuando fallece en funciones, para que sus beneficiarios puedan tramitar el respectivo pago de prestaciones y pensión. Esta prestación es otorgada al personal docente o administrativo.

Requisitos: (Original y 3 copias)

  • Acta defunción Original

Nota: El Acuerdo deberá ser gestionado en el Depto. de Jubilaciones una vez sea que la baja sea aplicada por parte de la nómina estatal y certificada por el nivel educativo, para el pago de la pensión y prestaciones para los beneficiarios. Porque la revisión y autorización por parte del Instituto de Pensiones del Estado tarda aproximadamente 7 meses. (Solicitar formatos y requisitos en Depto.)