Baja Pensión por Vejez

Esta prestación es un derecho que tiene el trabajador donde puede manifestar su libre voluntad para retirarse por edad y tiempo de servicio (mínimo 15 años hasta 29 años de servicio y la edad requerida de 60 años), El pago de la pensión es en proporción a los años de servicio cotizados. Porque la revisión y autorización por parte del Instituto de Pensiones del Estado.

Requisitos: (Original y 3 copias)

  • Solicitud por escrito indicando la fecha de la misma dirigido al Lic Ricardo Diz Herlindo.
  • Copia del INE.
  • Copia del Acuerdo del IPE.
  • Constancia de No adeudo del centro educativo.
  • Constancia de No adeudo de Nomina Estatal. (llenar el formato con anticipación 20 días a la misma)

Nota: El Acuerdo deberá ser gestionado en el Depto. de Jubilaciones después de cumplir mínimo 15 años de servicio o más y la edad requerida de 60 años. Porque la revisión y autorización por parte del Instituto de Pensiones del Estado tarda aproximadamente 7 meses. (Solicitar formatos y requisitos en Depto.).